1
Toda demanda de responsabilidad civil deberá acompañarse con
2
Debe entablarse dentro del año siguiente al día en que se hubiere dictado la sentencia que puso término al pleito.
3
Conocera de la demanda contra un Juez Municipal o Menor
4
En que incurren jueces y magistrados cuando en el desempeño de sus funciones infringen las leyes por negligencia o ignorancia
5
En ningún caso alterará la sentencia firme que haya recaído en el pleito
6
Conoceran en primera y única instancia de las demandas de responsabilidad civil contra jueces de primera instancia
7
Conocera de dichas demandas cuando se estabulen contra los magistrados
8
Es la que absuelve de la demanda de responsabilidad civil y condena en costas al demandante
9
No podrá promoverse, mientras no quede terminado por sentencia o auto firme el pleito o causa en que se suponga causado el agravio