Residuo agrícola.
Incendio forestal
Quema controlada
Índice de gravedad potencial de un incendio forestal
Quema prescrita
Incendio forestal estabilizado
Zonas de Alto Riesgo de Incendio (ZAR)
·Interfaz urbano-forestal:
Peligro de incendio
Incendio forestal controlado
·Incendio forestal extinguido:
Monte o terreno forestal
Todo terreno en el que vegetan especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas, sea espontáneamente o procedan de siembra o plantación que cumplan o puedan cumplir funciones ambientales, protectoras, productoras, culturales, paisajísticas o recreativas, así como los considerados como monte o terreno forestal conforme al artículo 5 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre y al artículo 3 de la Ley 16/1995, de 4 de mayo
Fuego que se extiende sin control sobre combustibles forestales situados en el monte. A efectos de este decreto, tendrán dicha consideración también, los que se produzcan en las áreas adyacentes al monte o de transición con otros espacios urbanos o agrícolas.
Posibilidad de que se produzca un incendio forestal en un lugar y un momento determinados.
residuo generado por actividades propias de la agricultura
Indicador de los daños valorado técnicamente, que se prevé que puede llegar a ocasionar un incendio forestal, dadas las condiciones en que se desarrolla.
Es aquel que se ha conseguido aislar y detener su avance y propagación dentro de líneas de control.
utilización racional del fuego en la vegetación forestal fijando la época, intensidad del fuego y cantidad de combustible forestal a eliminar, según un plan técnico para conseguir unos fines específicos bajo criterios de seguridad, compatibilidad ecológica y eficacia preventiva.
Zona en las que parcelas edificadas entran en contacto con el monte o terreno forestal. El fuego desarrollado en esta zona no sólo puede alcanzar las edificaciones, sino que además puede propagarse en el interior de las zonas edificadas, cualquiera que sea la causa de origen.
Áreas en las que la frecuencia o virulencia de los incendios forestales, y la importancia de los valores amenazados, hagan necesarias medidas especiales de protección contra los incendios y así sean declaradas por la correspondiente Comunidad Autónoma, de acuerdo a la Ley 43/2003, de 21 de noviembre.
Situación posterior a la emergencia de protección civil, en la cual ya no existen materiales en ignición en o dentro del perímetro del incendio ni es posible la reproducción del mismo.
Aquel incendio que sin llegar a estar controlado evoluciona dentro de las líneas de control establecidas según las previsiones y labores de extinción conducentes a su control.
control o confinamiento del fuego en un área determinada.