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Responsabilidades trabajadores

¿Cuál es el primer Objetivo SG-SST?

¿Qué es el Copasst?

Responsabilidades de los Lideres

¿Qué tareas tiene el Copasst?

¿Cuáles son los elementos del sistema de Seguridad y salud en el trabajo?

¿Cuál es el segundo Objetivo SG-SST?

¿Cuál es la misión del cómite de convivencia laboral CCL?

COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

1.Promover la salud integral de los trabajadores, mediante programas y escenarios que motiven la práctica del ejercicio consciente, la meditación, el disfrute, la conexión con la naturaleza y la alimentación sana.

Contribuir a la solución de conflictos que puedan considerarse conductas constitutivas de acoso laboral entre los trabajadores, con la más absoluta confidencialidad para proteger la dignidad, la honra, el buen nombre y la salud mental de las personas involucradas.

• Procurar el cuidado integral de su salud. • Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. • Conocer y cumplir la política, normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST de Comfama. • Informar oportunamente al jefe directo o líder de proceso, sede, servicio o dependencia, acerca de los peligros y amenazas presentes o potenciales en su actividad o sitio de trabajo y proponer acciones de control. • Participar en las actividades de formación en seguridad y salud en el trabajo y de promoción de la salud. • Reportar de manera inmediata al jefe directo o líder de proceso, sede, servicio o dependencia; todo incidente o accidente de trabajo. • Socializar a usuarios y terceros la necesidad dentro de la cultura preventiva del riesgo de aplicar comportamientos seguros al hacer uso de los servicios de la Caja.

1.Proponer la adopción de medidas y el desarrollo de actividades. 2.Apoyar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 3.Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal.

ARTÍCULO PRIMERO: La Empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales. ▪ ARTÍCULO SEGUNDO: La empresa se obliga a garantizar los componentes básicos definidos para el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, bajo el ciclo de mejora continua y con fundamento en la vigilancia epidemiológica, contemplados en el Decreto 1072 de 2015 - Decreto único reglamentario del sector trabajo. ▪ ARTÍCULO TERCERO: La empresa se compromete a destinar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, seguimiento y mejora continua del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, de acuerdo con el Decreto 1072 de 2015 y demás normas establecidas. ▪ ARTÍCULO CUARTO: Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos. ARTICULO QUINTO: La empresa y cada trabajador de todo nivel, dará estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas y responsabilidades que se adopten para lograr la implantación de las actividades de promoción, prevención, atención y mejoramiento que sean concordantes con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Ampliar información articulo sexto, séptimo y octavo.

1.Politica SST 2.Organización SG-SST 3.Planificación 4.Aplicación 5.Auditoria y revisión de alta dirección 6.Mejoramiento.

2.Fomentar la autogestión de espacios seguros y saludables en los hábitat y entornos de cada trabajador, a partir de un acompañamiento en gestión integral de riesgos que ayude a disminuir la accidentalidad laboral y los ausentismos.