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Garantiza el derecho de todos los estudiantes a recibir un buen trato y una adecuada orientación.

“Disposiciones para el retorno a la presencialidad y/o semipresencialidad, así como para la prestación del servicio educativo para el año 2022 en las instituciones y programas educativos de la Educación Básica, ubicadas en los ámbitos urbano y rural, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”

Se aprueban las disposiciones para los Comités de Gestión Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en la que se considera como función del Comité de Gestión del Bienestar, la generación de acciones y espacios para el acompañamiento socioafectivo y cognitivo.

Propone que el docente desarrolle la competencia “Conoce y comprende las características de todos los estudiantes y sus contextos”

Definen y proponen la implementación de la Tutoría en la Institución Educativa, asegurando el acompañamiento socioafectivo que los estudiantes deben recibir.

R.V.M. N° 212-2020-MINEDU

Marco del Buen Desempeño Docente en el Dominio 1

R.M. N° 189-2021-MINEDU

R.M. N° 531-2021-MINEDU

Ley General de Educación 28044