En el que tributan P. Morales de la actividad del autotransporte marítimo de carga o pasajeros.
B
En el que tributan P. Morales de la actividad del autotransporte terrestre de carga o pasajeros.
C
En el que tributan P. Morales de la actividad del autotransporte aéreo de carga o pasajeros.
2.
¿Cómo sé si me aplica el Régimen de los Coordinados?
A
Cuando los ingresos por la actividad de autotransporte sea el 100% de ingresos totales
B
Cuando los ingresos por la actividad de autotransporte cuando menos sea el 80% de ingresos totales
C
Cuando los ingresos por la actividad de autotransporte cuando menos sea el 90% de ingresos totales
3.
Es una de la obligaciones de los coordinados:
A
Declarar anualmente el ISR de los integrantes.
B
Informar anualmente sobre las operaciones con terceros para efectos de Impuesto al Valor Agregado.
C
Declarar anualmente el IVA de los integrantes.
4.
Las personas físicas integrantes de personas morales que realicen actividades de autotransporte terrestre, podrán cumplir con las obligaciones establecidas en la LISR en forma individual, siempre que:
A
Administren directamente los vehículos que les correspondan.
B
No administren directamente los vehículos que les correspondan .
C
Administre los vehículos que le correspondan o los hubieran aportado a la persona física que trate.
5.
Las personas físicas que hayan optado por pagar el ISR individualmente, podrán:
A
Acumular los gastos realizados durante el ejercicio que correspondan al vehículo que administren.
B
Deducir los gastos realizados que correspondan al vehículo que administren en un 90%
C
Deducir los gastos realizados durante el ejercicio que correspondan al vehículo que administren
6.
Para la determinación del pago provisional de las personas físicas integrantes de un coordinado, ¿Cuál es la tarifa que se aplica a la base del pago provisional?
A
La del articulo 120 LISR
B
La del articulo 96 LISR
C
La del articulo 97 LISR
7.
¿Es obligación de los coordinados expedir comprobantes fiscales?
A
Si
B
No
C
Están exentos de acuerdo al articulo 54 de la LISR
8.
Cuando una persona física integrante de un coordinado opte por pagar el impuesto en forma individual deberá:
A
Dar aviso a las autoridades fiscales y comunicarlo por escrito al Coordinado
B
Comunicarlo mediante buzón tributario al coordinado.
C
Dar aviso a las autoridades fiscales sin necesidad de avisar al coordinado.