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Artículo 4

Artículo 3

Artículo 1

Artículo 5

Artículo 2

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.