Es efectuado por el hombre, cuando éste es consciente de la responsabilidad que contrae al realizarlo y de la valoración de esa acción.
Son aquellas basadas en la obligatoriedad. Se refieren principalmente a la reglamentación que se halla en los documentos jurídicos, tales como la constitución, los códigos penales o los reglamentos.
Características de la moral:
Se dan en la realidad, se manifiestan en la naturaleza por medio del conocimiento de las leyes que la gobiernan.
Se origina del término latino mos, moris, que denota también “costumbres”, así como “habitación”, refiriéndose al lugar donde el hombre suele pasar su tiempo o residir (que por ello se convierte en un “hábito”).
Características de la norma religiosa:
Decide si un determinado comportamiento está de acuerdo con lo exigido por una sociedad o por el individuo mismo.
Características de la ley jurídica:
Características de la norma social:
Proviene del concepto griego ethos que, de acuerdo con Aristóteles, significa “costumbre, modo de ser y disposición ante la vida”.
Objetiva, exterior, unilateral, heterónoma, incoercible.
Ética
Leyes positivas.
Hecho de la naturaleza
Hecho moral
Moral
Unilateralidad, autonomía, subjetiva, interior, incoercible.
Juicio moral
Objetiva, exterior, bilateral, heterónoma, coercible.
Objetiva, interior, unilateral, heterónoma, incoercible.