1
Pagos económicos o beneficios sociales que recibe el trabajador por parte de la empresa por su vinculación laboral.
2
Beneficio económico que reciben los empleados que devengan hasta 2 salarios mínimos legales para subsidiar el transporte o el pago de conectividad.
3
Acuerdo de vinculación laboral sin fecha de terminación y mientras persista la causa que dio origen al mismo.
4
Salario superior a 10 SMLV devengado por un empleado y que incluye el pago del factor prestacional 30% mensualmente.
5
Beneficio social cuyo aporte es compartido entre el empleador y el empleado para la prestación de servicio de salud y aporte a pensión de vejez o invalidez.
6
Monto de dinero que establece el contrato individual para el puesto ocupado.
7
Remuneración más baja que permite la ley para los trabajadores de un país.
8
Proceso mediante el cual la empresa recompensa al personal por la labor realizada con el fin de satisfacer las necesidades económicas de los empleados.
9
Aportes realizados por la empresa al SENA, ICBF y CAJA DE COMPENSACIÓN por cada empleado.
10
Acuerdo de vinculación laboral no superior a 3 años y renovable indefinidamente.
11
Cantidad de bienes y servicios que el empleado podrá adquirir con lo devengado.
12
Descanso remunerado equivalente a 15 dias por cada año de servicio.
13
Compensación económica recibida anualmente por el empleado proporcional al tiempo laborado y que corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo.
14
Forma de retribución para promover un buen desempeño o premiar la superación en el trabajo y el buen cumplimiento de las metas.
15
Castigos y penalizaciones —reales o potenciales— para inhibir ciertos tipos de comportamiento indeseables.
16
Beneficio económico que reciben los empleados dos veces al año, junio 30 y diciembre 20, correspondiente a un mes de salario por un año de trabajo dividido en 2 pagos. El empleado deberá haber laborado por lo menos 3 meses de cada semestre para tener derecho a devengarlas.