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  • Derecho a afiliarse o no a un sindicato para la defensa de sus intereses profesionales.

    Derecho a percibir el salario por meses vencidos, fijándose como fecha tope de pago el último día del mes.

    Derecho a formar parte de un convenio colectivo, beneficiándose de las condiciones laborales, sociales, económicas de las mismas...etc., al que está adscrita su empresa.

    Derecho de asamblea fuera de las horas de trabajo, salvo acuerdo con el empresario

    Derecho a recibir formación y equipos de protección colectiva e individual en materia de prevención de riesgos laborales

    Derecho a que se le asignen unas tareas específicas y herramientas o equipo para desempeñar las tareas para las que ha sido contratado un trabajador/a.

    Derecho a la defensa de sus intereses profesionales a través de los representantes de los trabajadores como son los Delegados de Personal y Comité de Empresa

    Derecho a no ser rechazado por ideología política, religiosa o por cualquier otro motivo

    Derecho a reclamar mis derechos laborales a través de una situación de suspensión de la relación laboral.

    Derecho a ascender de grupo profesional en su empresa, así como a adaptar su jornada para cursar formación reglada (estudios universitarios, ciclos formativos, ESO, Bachillerato,...etc.)

    Derecho a la integridad física y a una adecuada protección en materia de prevención de riesgos laborales

    Derecho a la Negociación Colectiva

    Derecho a la promoción y formación

    Derecho a la huelga

    Derecho de Reunión

    Derecho de Participación en la Empresa

    Derecho a la ocupación efectiva

    Derecho a no ser discriminado

    Derecho a la libre sindicación

    Derecho a la percepción puntual de la remuneración pactada o convencionalmente fijada.