Cada Administración podrá determinar
El portal permite
¿Qué es una sede electrónica?
En el ámbito estatal (AGE), ¿cómo se llevará a cabo la creación o supresión de portales?
En el ámbito estatal, ¿dónde deberán estar referenciados los portales de internet?
En el ámbito estatal (en el caso de los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de AGE), ¿cómo se llevará a cabo la creación o supresión de portales?
Los contenidos y canales mínimos de atención a las personas interesadas y de difusión y prestación de servicios que deban tener los portales
Se entiende por portal de internet
¿ A quién corresponde la titularidad de la sede electrónica?
Por orden de la persona titular del ministerio correspondiente o por resolución de la persona titular del órgano superior.
Por resolución de la persona titular de la Presidencia o de la Dirección.
En el PAGe de la Administración General del Estado.
los podrá determinar cada Administración
el punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de derecho público (art. 39, Ley 40/2015).
el acceso a través de internet a la información y, en su caso, a la sede electrónica o sede electrónica asociada correspondiente
Es una dirección electrónica disponible para la ciudadanía por medio de redes de telecomunicaciones (artículo 38 de la Ley 40/2015).
A una Administración Pública, o bien a uno o varios organismos públicos o entidades de derecho público en el ámbito de sus competencias.
criterios obligatorios de imagen institucional