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REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LA PREVENCIÓN.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN.

LA EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES.

MEDIDAS DE PROTECCIÓN.

ADMINISTRATIVA. CIVIL. PENAL.

ORGANISMO PÚBLICO EN MATERIA DE PREVENCIÓN.

LA LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES: ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Las responsabilidades en materia de prevención.

Es la principal norma que regula la seguridad en las condiciones de trabajo.

Delegados de prevención y Comité de Seguridad y Salud.

Eliminar o reducir los riesgos.

Priorización de riesgo.

Si no se pueden eliminar los riesgos se minimizan.