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Código de Trabajo; Artículo 2. Patrono

Código de Trabajo; Artículo 4. Representante del patrono

Código de Trabajo; Artículo 3. Trabajador

Artículo 102 de la Constitución Política de la República. El trabajo

Las personas tiene derecho a la elección del trabajo y sus condiciones económicas satisfactorias.

Patronos y trabajadores tienen derechos y obligaciones.

Es la persona que presta sus servicios a un patrono; la ley indica que debe existir un contrato de trabajo.

Son personas que deben ser autorizadas por el patrono para ocupar los puestos. Algunos ejemplos son: gerentes, directores, administradores