1
La Constitución de 1979 establece por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico, la necesidad de aplicar un nuevo esquema de administración en los gobiernos seccionales.
2
Considerar la densidad de la población y no exclusivamente el número de habitantes.
3
De acuerdo con la ley, solo se podía destinar el 10% en el caso de los municipios y el 20% en el caso de los Consejos Provinciales para el financiamiento de su gasto corriente.
4
Entre 1989 y 2003, se promulgaron 19 leyes que repartían recursos fiscales a favor de los gobiernos seccionales de manera incorrecta.
5
Algunas entidades seccionales autónomas bloquearon toda posibilidad de que la transferencia general que establecía la ley del 15% pudiera cumplir la finalidad.
6
La ley del quince por ciento, sin duda constituyó la transformación jurídica más importante en materia fiscal.