Por este concepto entendemos el dinero en efectivo, o sea, los billetes de banco, las monedas, los cheques recibidos, los giros bancarios, postales, o telegráficos, etc.
Los títulos de crédito a cargo del negocio, tales como letras de cambio, pagarés, etc. Esta cuenta aumenta cuando se expiden letras de cambio o pagarés a cargo del negocio;
Son personas a quienes les debemos por un concepto distinto al de compra de mercancías
todos los vehículos de transporte tales como camiones, camionetas, motocicletas, bicicletas, etc., que se usan en el reparto de las mercancías.
Son títulos de crédito a favor del negocio, tales como letras de cambio, pagarés, etc., que nos firmaron al adquirir mercancía.
Son las obligaciones que tienen como garantía la escritura de bienes inmuebles. Se entiende por inmuebles, los terrenos y edificios que son bienes permanentes, duraderos y no consumibles rápidamente.
Son las personas o casas comerciales a quienes debemos por haberles comprado mercancías a crédito, sin darles ninguna garantía documental.