3. El límite máximo de indemnización es...
4. Incumbe al _____________ probar la ocurrencia y cuantía del siniestro.
8. No están comprendidos dentro de los riesgos asumidos por el asegurador, la avería, merma o...
1. El contrato de seguros o póliza está conformado por:
6. Es la transferencia de un riesgo o parte de él por una aseguradora a una reaseguradora...
5. Son principios básicos, estipulaciones o cláusulas establecidas por el asegurador, con el objeto de regular la relación bilateral con el contratante y/o asegurado, en el marco de la legislación aplicable y de los principios de la técnica de los seguros: ___________________
2. Dentro el desarrollo de la actividad aseguradora, la función que maneja las decisiones en el ámbito jurídico que van desde las gestiones societarias hasta aspectos relativos al trámite de siniestros, es la función____________
9. Dentro del ramo crédito tenemos crédito ____________ y crédito ____________
7. Para los seguros de vida, el beneficiario tendrá hasta_________ desde la fecha del siniestro para dar aviso al asegurador.
3 años
Generales, Especiales, Particulares: estos apartados incluyen las cláusulas que formalizan la póliza. Las particulares en concreto delimitan el riesgo y la cobertura.
Legal: dado que el Seguro se define legalmente como un contrato, es fundamental contar con un equipo de expertos legales que elabore el articulado del contrato y analice las coberturas cuando acaece un siniestro.
La suma asegurada: monto pactado entre las partes, definido en las condiciones particulares.
Crédito Interno, Crédito a las exportaciones: consisten en el pago de una indemnización por las pérdidas que experimente el asegurado a consecuencia de la presunción de incapacidad de pago de los clientes deudores compradores.
Pérdida de una cosa proveniente del vicio propio: defecto originario e interno de un objeto que puede producir en mayor o menor grado su propio deterioro.
Condiciones Generales: constituye la primera parte del contrato de Seguro y está sujeto a revisión y aprobación por parte del organismo de regulación y control.
Asegurado: es la persona que toma el seguro y declara al beneficiario, que puede ser él/ella mismo.
Reaseguro: operación de transferencia de riesgos entre personas jurídicas cuyo objeto social son los reaseguros.