Ningún trabajador puede permanecer en el turno de noche más de dos semanas consecutivas, salvo que lo elija de forma voluntaria
No se pueden realizar horas extras, salvo las de fuerza mayor
Especial protección de la salud
1/3 de la jornada debe ser en horario de 22 a 6 de la mañana o 3 horas de jornada diaria dentro de este horario
No lo pueden desarrollar menores de 18 años
Desde las 22 horas a las 6.00
Se ocupa el mismo puesto de trabajo durante un tiempo determinado en horas diferentes
Suele darse en empresas con un proceso productivo de 24 horas
Los trabajadores que cursen estudios oficiales tienen preferencia en la elección del horario
La jornada de trabajo no puede exceder las 8 horas de promedio en periodo de referencia de 15 días
Descanso mínimo entre jornadas es de 7 horas en situaciones especiales