Crear actividad
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1. 
la ley por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y Bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República, es:
A.
Ley 62 del 12 agosto de 1993
B.
Ley 52 del 12 agosto de 1993
C.
Ley 23 del 15 agosto de 1995
D.
Ley 418 del 12 agosto de 2001
2. 
La actividad de la Policía está destinada a?
A.
Proteger vidas y bienes
B.
Defender al inocente del engaño y a los debiles de la opresion
C.
Proteger los derechos fundamentales tal como está contenido en la Constitución Política
D.
Garantizar que las leyes se cumplan
3. 
El articulo 4 de la ley 62 del 93 trata sobre?
A.
RINCIPIOS. El servicio público de Policía se presta con fundamento en los principios de igualdad, imparcialidad, control ciudadano y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones
B.
LÍMITES DE LA ACTIVIDAD POLICIAL. Ninguna actividad de policía puede contrariar a quien ejerza su derecho sino a quien abuse de él.
C.
FINALIDAD. La Policía Nacional, como parte integrante de las autoridades de la República y como cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, está instituida para proteger a todas las personas residentes en Colombia
D.
INMEDIATEZ. Toda persona tiene derecho a recibir inmediata protección contra cualquier manifestación delictiva o contravencional y el deber de cooperar con las autoridades
4. 
La actividad de policia tiene un caracter eminentemente?
A.
Eficiente,Eficaz y Efectivo
B.
Comunitario, Preventivo, educativo, Coordinado, Ecologico, Solidario y de Apoyo Judicial
C.
Comunitario, Preventivo, Educativo, Ecologico, Solidario y de Apoyo Judicial
D.
Comunitario, Preventivo, educativo,eficiente, Ecologico, Solidario y de Apoyo Judicial
E.
Eficiente,Eficaz y Efectivo
F.
Comunitario, Preventivo, educativo, Coordinado, Ecologico, Solidario y de Apoyo Judicial
5. 
Teniendo en cuenta el Art. 6 de la ley 62 del 93 La Policía Nacional está integrada por?
A.
Oficiales, personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Alumnos y por quienes presten el servicio militar obligatorio en la Institución,
B.
Oficiales, personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Alumnos y por quienes presten el servicio militar obligatorio en la Institución y estudiantes de las escuelas de formacion
C.
Oficiales, Mandos del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Alumnos y por quienes presten el servicio militar obligatorio en la Institución, así como por los servidores públicos no uniformados
D.
Oficiales,Suboficiales, Agentes, Alumnos y por quienes presten el servicio militar obligatorio en la Institución, así como por los servidores públicos no uniformados
6. 
Respecto a la SUBORDINACION el Presidente de la Republica es?
A.
Jefe superior de la Policía Nacional
B.
Director General de la Policía Nacional
C.
Maxima autoridad de la Policía Nacional
D.
Comandante supremo de la Policía Nacional
7. 
Para efectos de direccion y mando la Policia Nacional depende de?
A.
La Fuerza Pubilca
B.
Presidente de la Republica
C.
Ministerio de Defensa
D.
Rama del Poder Publio
8. 
cuando nos referimos a las autoridades políticas el Gobernador y Alcalde son:
A.
Comandantes de Policía en el Departamento y el Municipio, respectivamente
B.
las primeras autoridades de Policía en el Departamento y el Municipio, respectivamente
C.
Los jefes de la Policía Nacional en el Departamento y el Municipio, respectivamente
D.
las primeras autoridades de Policía en la jurisdiccion
9. 
Los Gobernadores y Alcaldes deberan:
A.
Planes¨preventivos, disuasivos y de control
B.
diseñar y desarrollar planes y estrategias integrales de seguridad alineadas al MNVCC de la Policía Nacional
C.
Construir los Planes Integrales de Convivencia y Seguridad Ciudadana
D.
diseñar y desarrollar planes y estrategias integrales de seguridad con la Policía Nacional, atendiendo las necesidades y circunstancias de las comunidades bajo su jurisdicción
10. 
De acuerdo con la ley 62 del 93 la actividad de policia es considerada como
A.
Preventiva
B.
Como la institucion mas grande del estado
C.
una Profesion
D.
Como defensora de los Derechos Humanos
11. 
Una de las Atribuciones y obligaciones de los gobernadores y alcaldes es
A.
Asumir su función ante el gobernador o el alcalde, una vez sea destinado a la jurisdicción correspondiente
B.
Presentar a consideración del gobernador o del alcalde el plan de seguridad de la Policía en la respectiva jurisdicción, así como los resultados de las operaciones destinadas a combatir la criminalidad en el departamento o municipio.
C.
Impartir órdenes a la Policía Nacional atinentes al servicio, por conducto del respectivo comandante
D.
Informar periódica y oportunamente al gobernador o al alcalde, según el caso, sobre movimientos del pie de fuerza policial dentro de la respectiva jurisdicción.
12. 
No es una de las Atribuciones y obligaciones de los gobernadores y alcaldes
A.
Solicitar el cambio motivado del Comandante titular de la Policía que se halle en ejercicio de sus funciones.
B.
Prestar el apoyo y asesoramiento al gobernador o alcalde en la aplicación de las medidas contempladas en los Códigos de Policía
C.
Analizar las necesidades de la Policía Nacional y promover ante la Asamblea Departamental o ante el Concejo Municipal, según el caso, la destinación de partidas presupuestales para el efecto.
D.
Disponer con el respectivo Comandante de la Policía el servicio de vigilancia urbana y rural.
13. 
No es una de las Atribuciones y obligaciones de los gobernadores y alcaldes
A.
Atender los requerimientos mediante los cuales el gobernador o el alcalde solicitan la iniciación de investigaciones de tipo disciplinario contra miembros de la Institución, presentar los resultados definitivos de tales investigaciones
B.
Proponer medidas y reglamentos de policía, de conformidad con la Constitución y la Ley, a la Asamblea Departamental o al Concejo Municipal, según el caso, y garantizar su cumplimiento.
C.
Promover en coordinación con el Comandante de la Policía programas y actividades encaminados a fortalecer el respeto por los derechos humanos y los valores cívicos
D.
Solicitar al comandante de la policía informes sobre las actividades cumplidas por la Institución en su jurisdicció
14. 
Una de las Atribuciones y obligaciones de los gobernadores y alcaldes es
A.
Informar periódica y oportunamente al gobernador o al alcalde, según el caso, sobre movimientos del pie de fuerza policial dentro de la respectiva jurisdicción.
B.
Proponer al alcalde el cierre de establecimientos públicos, de acuerdo con las disposiciones del Código Nacional de Policía.
C.
Por razones excepcionales de seguridad, recomendar al Gobernador o al Alcalde para su aprobación, las restricciones temporales en la circulación por vías y espacios públicos
D.
Convocar y presidir el Consejo de Seguridad Departamental o Municipal y desarrollar los planes de seguridad ciudadana y orden público que apruebe el respectivo Consejo.
15. 
Es un deber y obligacion de los Comandantes de Policia en relacion con las autoridades politico-administrativas
A.
Emitir un concepto en forma periódica sobre el desempeño del Comandante de la Policía.
B.
Convocar y presidir el Consejo de Seguridad Departamental o Municipal y desarrollar los planes de seguridad ciudadana y orden público que apruebe el respectivo Consejo
C.
Proponer al alcalde el cierre de establecimientos públicos, de acuerdo con las disposiciones del Código Nacional de Policía.
D.
Verificar el cumplimiento del Código Nacional de Policía y Códigos regionales, en cuanto al conocimiento y corrección de contravenciones por parte de los Comandantes de Estación.
16. 
No es un deber y obligacion de los Comandantes de Policia en relacion con las autoridades politico-administrativas
A.
Proponer al alcalde el cierre de establecimientos públicos, de acuerdo con las disposiciones del Código Nacional de Policía.
B.
Pedir a las instancias competentes que se investigue disciplinariamente a los oficiales, suboficiales y agentes que presten sus servicios en la respectiva jurisdicción.
C.
Presentar a consideración del gobernador o del alcalde el plan de seguridad de la Policía en la respectiva jurisdicción, así como los resultados de las operaciones destinadas a combatir la criminalidad en el departamento o municipio
D.
Reconocer al gobernador o al alcalde, una vez elegidos y posesionados.
17. 
De acuerdo con la ley 62 del 93 las autoridades Departamentales y Municipales podran contribuir para
A.
adquisición de equipos, dotaciones, mejoramiento de instalaciones, vivienda fiscal, apoyo logístico y de bienestar de la Policía Nacional
B.
Comprar elementos que contribuyan a la convivencia y seguridad ciudadana
C.
adquisición de equipos, dotaciones, mejoramiento de instalaciones, vivienda fiscal, apoyo logístico y seguridad social de la Policía Nacional
D.
adquisición de equipos, dotaciones, mejoramiento de instalaciones
18. 
De acuerdo con la ley 62 del 93 la seguridad social para la Policia Nacional contempla los siguientes programas:
A.
a. profesionalizacion b. Educación c. Recreación d. Vivienda propia y vivienda fiscal e. Readaptación laboral y subsidios para los discapacitados físicos.
B.
a. Salud b. Educación c. Recreación d. Vivienda propia y vivienda fiscal
C.
a. Salud b. Educación c. Recreación d. Vivienda propia y vivienda fiscal e. Readaptación laboral y subsidios para los pensionados
D.
a. Salud b. Educación c. Recreación d. Vivienda propia y vivienda fiscal e. Readaptación laboral y subsidios para los discapacitados físicos.
19. 
De acuerdo con la ley 62 del 93 el Presidente de la Republica tendra facultades extraordinarias entre ellas esta:
A.
Disponer con el respectivo Comandante de la Policía el servicio de vigilancia urbana y rural.
B.
Proponer medidas y reglamentos de policía, de conformidad con la Constitución y la Ley, a la Asamblea Departamental o al Concejo Municipal, según el caso, y garantizar su cumplimiento.
C.
Crear un Fondo Nacional de Seguridad Ciudadana encargado de administrar recursos provenientes de aportes privados. El Gobierno Nacional fijará los parámetros para la programación de los proyectos que con cargo a estos recursos deban desarrollar los departamentos y municipios a través de los respectivos fondos de seguridad
D.
Nivelar la problematica de ascensos del nivel ejecutivo de la Policia Nacional
20. 
De acuerdo con la ley 62 del 93 el Presidente de la Republica tendra facultades extraordinarias para modificar los siguientes aspectos de la Policia Nacional
A.
Ascensos, nivelacion salarial, regimen pensional, entre otros
B.
normas de carrera, nivelación salarial para el personal de agentes, reglamento de disciplina, reglamento de evaluación y clasificación, estructura orgánica, objetivos y funciones del establecimiento público encargado de la seguridad social y bienestar de la Policía Nacional, Caja de Vivienda Militar
C.
Ascensos del Nivel ejecutivo, regimen pensional, estatuto de carrera, reestructuracion, entre otros aspectos
D.
facultades de los comandantes de estacion, gobernadores y alcaldes
21. 
El Consejo Nacional de Policía y Seguridad Ciudadana que desarrollará las siguientes funciones:
A.
Recomendar las políticas del Estado en materia de seguridad de la comunidad, estableciendo planes y responsabilidades entre las diferentes entidades comprometidas; Adoptar y disponer medidas tendientes a satisfacer las necesidades de la Policía Nacional, para el eficaz cumplimiento de su misión; Establecer y adoptar mecanismos de revisión interna, tendientes a evaluar, controlar y mejorar la prestación del servicio.
B.
Coordinar y hacer seguimiento del desarrollo de las diferentes acciones interinstitucionales, en función de las políticas establecidas en materias de policía y seguridad ciudadana.; Regular de manera equilibrada la doble función que desarrolla la Policía en los aspectos de prevención y control de delitos y contravenciones, así como formular recomendaciones relacionadas con el servicio de policía y la seguridad general;Recomendar políticas y normas técnicas que garanticen el manejo transparente, eficiente y oportuno de la información de que dispone, de acuerdo con las normas legales.
C.
- Solicitar y atender los informes que presente el Director General de la Policía Nacional, formulando recomendaciones sobre los mismos. - Velar porque la Institución policial, como organización de naturaleza civil, cumpla su fin primordial de mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, asegurando que los habitantes de Colombia convivan en paz.
D.
todas las anteriores
22. 
El Consejo Nacional de Policía y Seguridad Ciudadana está conformado por:
A.
El Presidente de la República - El Ministro de Gobierno - El Ministro de Defensa - El Ministro de Justicia - El Director General de la Policía Nacional - El Comisionado Nacional para la Policía - Un Gobernador
B.
El Presidente de la República - El Ministro de Gobierno - El Ministro de Defensa - El Ministro de Justicia - El Director General de la Policía Nacional - El Comisionado Nacional para la Policía - Un Alcalde
C.
El Presidente de la República - El Ministro de Gobierno - El Ministro de Defensa - El Ministro de Justicia - El Director General de la Policía Nacional - El Comisionado Nacional para la Policía - Un Gobernador - Un Alcalde.
D.
El Presidente de la República - El Ministro de Gobierno - El Ministro de Defensa - El Ministro de Justicia - Ministerio del Interior- Mi El Director General de la Policía Nacional - El Comisionado Nacional para la Policía - Un Gobernador - Un Alcalde.
23. 
Las atribuciones de los Gobernadores y los Alcaldes en relación con los comandantes de policía son:
A.
Proponer medidas y reglamentos de policía, de conformidad con la Constitución y la Ley, a la Asamblea Departamental o al Concejo Municipal, según el caso, y garantizar su cumplimiento; Impartir órdenes a la Policía Nacional atinentes al servicio, por conducto del respectivo comandante; Disponer con el respectivo Comandante de la Policía el servicio de vigilancia urbana y rural; Promover en coordinación con el Comandante de la Policía programas y actividades encaminados a fortalecer el respeto por los derechos humanos y los valores cívicos.
B.
Solicitar al comandante de la policía informes sobre las actividades cumplidas por la Institución en su jurisdicción.; Emitir un concepto en forma periódica sobre el desempeño del Comandante de la Policía.; Convocar y presidir el Consejo de Seguridad Departamental o Municipal y desarrollar los planes de seguridad ciudadana y orden público que apruebe el respectivo Consejo; Verificar el cumplimiento del Código Nacional de Policía y Códigos regionales, en cuanto al conocimiento y corrección de contravenciones por parte de los Comandantes de Estación; Solicitar el cambio motivado del Comandante titular de la Policía que se halle en ejercicio de sus funciones.
C.
Pedir a las instancias competentes que se investigue disciplinariamente a los oficiales, suboficiales y agentes que presten sus servicios en la respectiva jurisdicción.;Analizar las necesidades de la Policía Nacional y promover ante la Asamblea Departamental o ante el Concejo Municipal, según el caso, la destinación de partidas presupuestales para el efecto.
D.
Todas las anteriores
24. 
Se autoriza la creación de comités, a nivel departamental, los cuales serán presididos por :
A.
Por el Gobernador e integrados además, por el comandante del departamento de policía y metropolitano en su caso, el alcalde de la ciudad capital, otros dos alcaldes y el Secretario de Hacienda del departamento, con la finalidad de analizar el presupuesto nacional asignado a la unidad y con base en ello solicitar, a través de las autoridades competentes, a la Asamblea y a los Concejos Municipales, los apoyos presupuestales necesarios.
B.
Por el Gobernador e integrados además, por el comandante del departamento de policía y metropolitano en su caso, otros dos alcaldes y el Secretario de Hacienda del departamento, con la finalidad de analizar el presupuesto nacional asignado a la unidad y con base en ello solicitar, a través de las autoridades competentes, a la Asamblea y a los Concejos Municipales, los apoyos presupuestales necesarios.
C.
Por el Gobernador e integrados además, por el comandante del departamento de policía y metropolitano en su caso, el alcalde de la ciudad capital, otros dos alcaldes; con la finalidad de analizar el presupuesto nacional asignado a la unidad y con base en ello solicitar, a través de las autoridades competentes, a la Asamblea y a los Concejos Municipales, los apoyos presupuestales necesarios.
D.
Por el Gobernador e integrados además, el alcalde de la ciudad capital, otros dos alcaldes y el Secretario de Hacienda del departamento, con la finalidad de analizar el presupuesto nacional asignado a la unidad y con base en ello solicitar, a través de las autoridades competentes, a la Asamblea y a los Concejos Municipales, los apoyos presupuestales necesarios.
25. 
Los deberes y obligaciones de los Comandantes de Policía en relación con las autoridades político administrativas de Departamentos y Municipios son:
A.
Reconocer al gobernador o al alcalde, una vez elegidos y posesionados.;Asumir su función ante el gobernador o el alcalde, una vez sea destinado a la jurisdicción correspondiente; Presentar a consideración del gobernador o del alcalde el plan de seguridad de la Policía en la respectiva jurisdicción, así como los resultados de las operaciones destinadas a combatir la criminalidad en el departamento o municipio.; Informar diariamente al gobernador o al alcalde sobre las situaciones de alteración del orden público en la jurisdicción y asesorarlo en la solución de los mismos.
B.
Informar periódica y oportunamente al gobernador o al alcalde, según el caso, sobre movimientos del pie de fuerza policial dentro de la respectiva jurisdicción.;Asistir al Consejo de Seguridad Departamental o Municipal y ejecutar los planes que en materia de Policía disponga el respectivo Consejo a través del Gobernador y el Alcalde. Esta asistencia es indelegable.; Prestar el apoyo y asesoramiento al gobernador o alcalde en la aplicación de las medidas contempladas en los Códigos de Policía.;Proponer al alcalde el cierre de establecimientos públicos, de acuerdo con las disposiciones del Código Nacional de Policía.
C.
Por razones excepcionales de seguridad, recomendar al Gobernador o al Alcalde para su aprobación, las restricciones temporales en la circulación por vías y espacios públicos.; Presentar informes al alcalde sobre deficiencias en servicios públicos.; Atender los requerimientos mediante los cuales el gobernador o el alcalde solicitan la iniciación de investigaciones de tipo disciplinario contra miembros de la Institución, presentar los resultados definitivos de tales investigaciones.
D.
Todas las anteriores
26. 
Señale las facultades extraordinarias del Presidente de la República:
A.
Modificar las normas de carrera del personal de oficiales, suboficiales y agentes de la Policía Nacional (Jerarquía, clasificación y escalafón; Administración de personal:Ascensos - Destinación -Traslados - Comisiones y licencias ; Suspensión, retiro, separación y reincorporación.; Reservas.; Normas para los alumnos de las escuelas de formación.; Normas sobre Policía Cívica, en la modalidad de voluntarios.
B.
Con estricta sujeción a lo dispuesto en la Ley 4 de 1992, se anticipará la nivelación salarial para el personal de agentes y se reestructurará el régimen prestacional para viudas, huérfanos e incapacitados. 3. Modificar el reglamento de disciplina en los siguientes aspectos: a. Normas sobre ética policial b. Régimen de estímulos y correctivos c. Faltas d. Atribuciones disciplinarias e. Normas de procedimiento Para los efectos de este numeral se tendrán presentes las normas de policía y su relación con las autoridades político-administrativas y la comunidad. 4. Modificar el reglamento de evaluación y clasificación para el personal de la Policía Nacional en los siguientes aspectos: a. Ambito de aplicación: oficiales, suboficiales, agentes y personal no uniformado. b. De la evaluación c. Autoridades evaluadoras y revisoras d. Documentos de evaluación, formularios y normas para su diligenciamiento. e. De la Clasificación f. Juntas de clasificación de oficiales, suboficiales, agentes y personal no uniformado. g. Efectuar una estricta evaluación de todo el personal de la Institución.
C.
5. Determinar la estructura orgánica, objetivos y funciones del establecimiento público encargado de la seguridad social y bienestar de la Policía Nacional.6. En consideración a que el personal de la Policía Nacional se encuentra afiliado a la Caja de Vivienda Militar, modificarla en los siguientes aspectos: a. Definición, naturaleza, estructura orgánica y funciones b. Dirección y administración c. Patrimonio y recursos d. Administración y aportes e. Régimen de intereses y subsidios f. Mecanismos que permitan la productividad de sus activos. 7. Determinar la estructura orgánica, objetivos, funciones y régimen de sanciones de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada. 8. Crear un Fondo Nacional de Seguridad Ciudadana encargado de administrar recursos provenientes de aportes privados. El Gobierno Nacional fijará los parámetros para la programación de los proyectos que con cargo a estos recursos deban desarrollar los departamentos y municipios a través de los respectivos fondos de seguridad.
D.
todas las anteriores