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Obligación tributaria principal

Tributo

Contribución especial

Impuesto

Tasa

Obligación tributaria

Deberes formales

Hecho generador

Es una relación jurídica entre el Sujeto Activo (la Administración Tributaria) y el administrado, por la realización de un hecho generador.

Tributo que grava capacidad económica.

Pago del tributo.

Prestación patrimonial, que es por ley, que solventa gastos públicos.

Tributo que grava un beneficio por ampliación de servicio o construcción de obra.

Comportamiento descrito en la ley que identifica el tributo y una vez realizado hace nacer la obligación tributaria.

Obligaciones que cuantifican con certeza la obligación tributaria principal. Ej: inscribirse, dar facturas, no son de índole patrimonial.

Tributo que grava la contraprestación efectiva o potencial hacia el administrado. También grava la utilización privativa del dominio público.