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Jugar Test
1. 
• Por medio de qué ley, se expide el Régimen Disciplinario para la Policía Nacional.
A.
Ley 1015 del 07 de Enero de 2006
B.
Ley 1015 del 07 de Febrero de 2006
C.
Ley 1015 del 30 de Julio de 2006
D.
1015 del 20 de Marzo de 2006
2. 
• El ámbito de aplicación de la ley 1015 del 2006 se da:
A.
En todo el territorio nacional.
B.
En la Jurisdicción Departamental.
C.
En la Jurisdicción Municipal.
D.
Dentro o Fuera del territorio Nacional.
3. 
• Es una de las condiciones esenciales para el funcionamiento de la Institución Policial e implica la observancia de las disposiciones Constitucionales, legales y reglamentarias que consagran el deber profesional.
A.
La disciplina
B.
El orden
C.
La conducta
D.
La Responsabilidad
4. 
• Quienes son responsables del mantenimiento de la disciplina.
A.
Los funcionarios de la Inspección General
B.
Todos los servidores de la Institución.
C.
El comandante de Metropolitana o región
D.
Todos los comandantes.
5. 
• Los medios para encauzar la disciplina son:
A.
Preventivos y Disuasivos
B.
Preventivos y Correctivos
C.
Correctivos y Tutelares
D.
Sancionatorios y pedagógicos
6. 
• hacen referencia al ejercicio del mando con el fin de orientar el comportamiento de los subalternos a través de llamados de atención verbal, tareas tales como acciones de tipo pedagógico, asistencia a cursos de formación ética, trabajos escritos, como medios disuasivos de aquellas conductas que no trascienden ni afectan la función pública, sin que ello constituya antecedente disciplinario.
A.
Medios Preventivos.
B.
Medios Correctivos.
C.
Medios Sancionatorios.
D.
Medios Disuasivos.
7. 
• hacen referencia a la aplicación del procedimiento disciplinario en caso de ocurrencia de falta definida como tal en la presente ley.
A.
Medios Preventivos.
B.
Medios Correctivos.
C.
Medios Sancionatorios.
D.
Medios Disuasivos.
8. 
• Es la manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer, observar y ejecutar. debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa y relacionada con el servicio o función.
A.
Consigna.
B.
Mandato
C.
Decisión
D.
Orden
9. 
• Si un superior imparte una orden ilegitima y esta es ejecutada por el subalterno la responsabilidad recae sobre:
A.
El superior que emite la orden.
B.
El subalterno que la cumple o ejecuta.
C.
El superior que emite la orden, y el subalterno que la cumple o ejecuta.
D.
Se tiene que adelantar la investigación y sancionar al responsable.
10. 
• Es un procedimiento que permite transmitir en forma ágil entre las líneas jerárquicas de la Institución, órdenes, instructivos y consignas relativas al servicio, esto hace referencia.
A.
El conducto regular
B.
Comité de Vigilancia.
C.
Programas de los comandantes.
D.
Las consignas de los comandantes.
11. 
• Las faltas disciplinarias se clasifican, en:
A.
Dolo, Culpa y Preterintencional.
B.
Gravísimas, Graves y Leves.
C.
Delicadas, consideradas y atenuadas.
D.
Gravísimas, Culpa y Preterintencional.
12. 
• Privar ilegalmente de la libertad a una persona o demorar injustificadamente la conducción de la misma ante la autoridad competente;; dicha falta está tipificada en la ley 1015 del 07 de febrero de 2006 como una falta..?
A.
Grave con Dolo
B.
Gravísima
C.
Leve
D.
Grave
13. 
• Permitir o dar lugar a la fuga de persona capturada, retenida, detenida o condenada, de cuya vigilancia o custodia haya sido encargado o disponer la libertad sin estar facultado para ello. dicha falta está tipificada en la ley 1015 del 07 de febrero de 2006 como una falta..?
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Gravísima
C.
Falta Leve
D.
Falta Grave
14. 
• Permitir, facilitar, suministrar información o utilizar los medios de la Institución, para cualquier fin ilegal o contravencional.
A.
Falta Gravísima
B.
Falta Grave con Dolo
C.
Falta Leve
D.
Falta Grave culposa
15. 
• Solicitar o recibir directa o indirectamente dádivas o cualquier otro beneficio, para sí o para un tercero, con el fin de ejecutar, omitir o extralimitarse en el ejercicio de sus funciones.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Leve
C.
Falta Grave con Dolo
D.
Falta Gravísima
16. 
• Violar la reserva profesional en asuntos que conozca por razón del cargo o función; divulgar o facilitar, por cualquier medio, información confidencial o documentos clasificados, sin la debida autorización.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Leve
C.
Falta Gravísima
D.
Falta Grave
17. 
• Dejar de asistir al servicio o ausentarse durante un término superior a tres días, en forma continua sin justificación alguna.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Leve
C.
Falta Gravísima
D.
Falta Grave
18. 
• Abstenerse intencionalmente de registrar los hechos y circunstancias que el deber le impone por razón del servicio, cargo o función o registrarlos de manera imprecisa o contraria.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Leve
C.
Falta Gravísima
D.
Falta Grave
19. 
• Abstenerse de registrar los hechos y circunstancias a que se esté obligado por razón del servicio, cargo o función o registrarlos de manera imprecisa o contraria.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Leve
C.
Falta Gravísima
D.
Falta Grave
20. 
• Realizar una conducta descrita en la ley como delito, a título de culpa, cuando se cometa en razón, con ocasión o como consecuencia de la función o cargo.
A.
Falta Gravísima
B.
Falta Grave
C.
Falta Leve
D.
Falta Grave con Dolo
21. 
• Omitir la colaboración necesaria a los servidores del Estado, cuando se les deba asistencia o apoyo en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con las competencias legales atribuidas a la Policía Nacional.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Grave
C.
Falta Gravísima
D.
Falta Leve
22. 
• Incurrir en la comisión de conducta descrita en la ley como contravención, que empañe o afecte el decoro, la dignidad, la imagen, la credibilidad, el respeto o el prestigio de la Institución, cuando se encuentre en situaciones administrativas tales como: Franquicia, permiso, licencia, vacaciones, suspendido, incapacitado, excusado de servicio, o en hospitalización.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Leve
C.
Falta Grave
D.
Falta Gravísima
23. 
• Usar indebida o irreglamentariamente el uniforme, descuidar su correcta presentación, o utilizar distintivos o condecoraciones no autorizadas, ni otorgadas legalmente, en forma reiterada.
A.
Falta Leve
B.
Falta Grave con Dolo
C.
Falta Gravísima
D.
Falta Grave
24. 
• Incumplir los deberes como evaluador o revisor del desempeño del personal bajo su mando, de acuerdo con las normas que regulen la materia.
A.
Falta Gravísima
B.
Falta Leve
C.
Falta Grave con Dolo
D.
Falta Grave
25. 
• Mantener desactualizados los folios de vida y demás documentos que tienen que ver con el manejo y administración de personal.
A.
Falta Grave con Dolo
B.
Falta Gravísima
C.
Falta Leve
D.
Falta Leve con Dolo
26. 
• Negar, pretermitir o no restablecer el conducto regular.
A.
Falta Grave
B.
Falta Gravísima
C.
Falta Leve
D.
Falta Grave con Dolo
27. 
• Además de las faltas Gravísimas, Grave y Leves, constituyen faltas disciplinarias:
A.
la violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, las prohibiciones, el abuso de los derechos o el incumplimiento de los deberes contemplados en la Constitución Política, los tratados públicos ratificados por el Gobierno colombiano, las leyes y los Actos Administrativos.
B.
la infracción al sistema de incapacidades e incompatibilidad, las contravenciones, el abuso de los derechos o el incumplimiento de los deberes contemplados en la Constitución Política, los pactos públicos confirmados por el Gobierno colombiano, las leyes y los Actos Administrativos.
C.
la desobediencia al régimen de inhabilidades e incompatibilidades, las negativas, el abuso de los derechos o el cargo de los contratos contemplados en la Constitución Política, los convenios oficiales fortalecidos por el Régimen colombiano, las leyes y los Actos Administrativos.
D.
Falta Culposa, Dolosa y Preterintencional
28. 
• Para efectos de determinar la gravedad o levedad de la falta, por vía de remisión, constituye falta gravísima la que está taxativamente señalada en la ley o aquella que constituya causal de mala conducta. En las demás, se determinará si la falta es grave o leve con base en los siguientes criterios:
A.
El grado de culpabilidad
B.
La naturaleza esencial del servicio. 3. El grado de perturbación del servicio, 4. La jerarquía y mando en la Institución.
C.
. 5. La trascendencia social de la falta o el perjuicio causado, 6. Las modalidades y circunstancias en que se cometió la falta, que se preciarán teniendo en cuenta el cuidado empleado en su preparación, el nivel de aprovechamiento de la confianza depositada en él investigado o de la que se derive de la naturaleza del cargo o función, el grado de participación en la comisión de la falta, si fue inducido por un superior a cometerla, o si la cometió en estado de ofuscación originado en circunstancias o condiciones de difícil prevención y gravedad extrema, debidamente comprobadas.
D.
. Los motivos determinantes del comportamiento, 8. Cuando la falta se realice con la intervención de varias personas, sean particulares o servidores públicos,
E.
La realización típica de una falta objetivamente gravísima cometida con culpa grave, será considerada falta grave.
29. 
• Son sanciones las siguientes:
A.
La Jubilación, Detención e Inhabilidad Especial, Castigo y Amonestación Escrita.
B.
La Destitución e Inhabilidad General, Suspensión e Inhabilidad Especial, Multa y Amonestación Escrita.
C.
La Destitución, Expulsión e Imposibilidad Individual, Multa y Amonestación Escrita.
D.
Todas las Anteriores.
30. 
• Consiste en la terminación de la relación del servidor público con la Institución Policial; implica la imposibilidad para ejercer la función pública en cualquier cargo o función, por el término señalado en el fallo, y la exclusión del escalafón o carrera. Esta hace referencia a:
A.
La Destitución e Inhabilidad General.
B.
Suspensión e Inhabilidad Especial.
C.
Multa.
D.
Amonestación Escrita.
31. 
• consiste en la cesación temporal en el ejercicio del cargo y funciones sin derecho a remuneración; implica la imposibilidad de ejercer funciones públicas en cualquier cargo, por el término señalado en el fallo. Esta hace referencia a:
A.
La Destitución e Inhabilidad General.
B.
Suspensión e Inhabilidad Especial.
C.
Multa.
D.
Amonestación Escrita.
32. 
• Es una sanción de carácter pecuniario, que consiste en imponer el pago de una suma de dinero del sueldo básico devengado al momento de la comisión de la falta.
A.
Multa.
B.
Amonestación Escrita.
C.
La Destitución e Inhabilidad General.
D.
Suspensión e Inhabilidad Especial.
33. 
• Consiste en el reproche de la conducta o proceder, por escrito, que debe registrarse en la hoja de vida.
A.
Multa.
B.
La Destitución e Inhabilidad General.
C.
Amonestación Escrita.
D.
Suspensión e Inhabilidad Especial.
34. 
• Destitución e Inhabilidad General por un término entre diez (10) y veinte (20) año, para las faltas:
A.
Faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima.
B.
Faltas gravísimas realizadas con culpa grave o graves dolosas.
C.
Faltas graves realizadas con culpa gravísima.
D.
Faltas leves culposas.
35. 
• Suspensión e Inhabilidad Especial entre seis (6) y doce (12) meses, sin derecho a remuneración. para las faltas :
A.
Faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima.
B.
Faltas gravísimas realizadas con culpa grave o graves dolosas.
C.
Faltas graves realizadas con culpa gravísima.
D.
Faltas leves culposas.
36. 
• Suspensión e Inhabilidad Especial entre un (1) mes y ciento setenta y nueve (179) días, sin derecho a remuneración, para las faltas:
A.
Faltas graves realizadas con culpa gravísima.
B.
Faltas leves culposas.
C.
Faltas gravísimas realizadas con culpa grave o graves dolosas.
D.
Faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima.
37. 
• Multa entre diez (10) y ciento ochenta (180) días, para las faltas:
A.
Faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima.
B.
Faltas graves realizadas con culpa grave, o leves dolosas
C.
Faltas graves realizadas con culpa gravísima.
D.
Faltas leves culposas.
38. 
• Amonestación Escrita, para las faltas:
A.
Faltas leves culposas
B.
Faltas graves realizadas con culpa gravísima.
C.
Faltas graves realizadas con culpa grave, o leves dolosas
D.
Faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima.
39. 
• Habrá culpa gravísima cuando se incurra en falta disciplinaria por ignorancia supina, desatención elemental o violación manifiesta de reglas de obligatorio cumplimiento. La culpa será grave cuando se incurra en falta disciplinaria por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a sus actuaciones, esta afirmación es:
A.
Falsa
B.
Verdadera.
40. 
• Está exento de responsabilidad disciplinaria quien realice la conducta bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
A.
1. Por fuerza mayor o caso fortuito,
B.
2. En estricto cumplimiento de un deber Constitucional o Legal,
C.
3. En cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales,
D.
4. Por insuperable coacción ajena,
E.
5, Con la convicción errada e invencible de que su conducta no constituye falta disciplinaria.
41. 
• Para proteger un derecho, propio o ajeno, al cual deba ceder el cumplimiento del deber, en razón de la necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad, esto hace referencia a una?
A.
Exclusión de trabajo disciplinario.
B.
Exclusión de responsabilidad disciplinaria.
C.
Atenuación Punitiva.
D.
Falta Grave.
42. 
• En situación de inimputabilidad. En tales eventos se dará inmediata aplicación, por el competente, a los mecanismos administrativos que permitan el reconocimiento de las inhabilidades sobrevinientes. No habrá lugar a reconocimiento de inimputabilidad cuando el sujeto disciplinable hubiere preordenado su comportamiento, esto hace referencia a una?
A.
Exclusión de trabajo disciplinario.
B.
Atenuación Punitiva.
C.
Falta Grave.
D.
Exclusión de responsabilidad disciplinaria.
43. 
• La sanción se hará efectiva por:
A.
1. El Gobierno Nacional, para Destitución y Suspensión de Oficiales.
B.
2. El Director General de la Policía Nacional, para Destitución y Suspensión del personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, y Agentes.
C.
3. Los funcionarios con atribuciones disciplinarias para Multas y Amonestación Escrita.
D.
4. El Gobierno Nacional para todos los funcionarios de la Policía Nacional
44. 
• Si al momento del fallo el servidor público sancionado presta servicios en el mismo o en otro cargo similar en la misma entidad o en otra entidad oficial, incluso en período diferente, deberá comunicarse la sanción al representante legal o a quien corresponda, para que proceda a hacerla efectiva, esta afirmación es:
A.
falsa
B.
Verdadera.
45. 
• Ejecutada la sanción disciplinaria, el fallador de primera instancia remitirá copia de la decisión a la unidad donde repose la hoja de vida del sancionado para el correspondiente registro, comunicará tal decisión, en un término máximo de __________________, a la Procuraduría General de la Nación y a la Inspección General de la Policía Nacional, esta afirmación es:
A.
diez (10) días
B.
Ocho (8) días
C.
Cinco (5) días
D.
Quince (15) días
46. 
La competencia se determinará teniendo en cuenta la naturaleza de la conducta, en los siguientes casos.
A.
La calidad del sujeto disciplinable.
B.
El territorio en donde se cometió la falta.
C.
El factor funcional y el factor de conexidad.
D.
Todas las anteriores
47. 
• Qué grado se requiere ostentar para ejercer la atribución disciplinaria.
A.
Oficial en el Grado de General
B.
Suboficial en el Grado de Sargento Mayor.
C.
Nivel ejecutivo en el Grado de Comisario.
D.
Oficial en servicio directivo.
48. 
• EL DIRECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL, conoce:
A.
En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por el Inspector General.
B.
De las destituciones de los oficiales.
C.
De las destituciones de todo el personal policial.
D.
En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores delegados.
49. 
• EL INSPECTOR GENERAL DE LA POLICIA NACIONAL conoce:
A.
En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores Delegados.
B.
En Primera Instancia de las faltas cometidas por: a) Oficiales Superiores; b) Personal en comisión en el exterior; c) Personal en comisión en organismos adscritos o vinculados a la Administración Pública; d) Jefes de Oficinas Asesoras de la Dirección General de la Policía Nacional.
C.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en la ciudad de Bogotá, D. C., por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, y Auxiliares de Policía, que labore en la Dirección General, Subdirección General, Inspección General, Direcciones y Oficinas Asesoras
D.
Ninguna de las anteriores.
50. 
Los INSPECTORES DELEGADOS, conocen:
A.
a) En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Jefes de Oficinas de Control Disciplinario Interno de su jurisdicción; b) En Primera Instancia de las faltas cometidas por los Oficiales Subalternos en su jurisdicción.
B.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en la ciudad de Bogotá, D. C., por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, y Auxiliares de Policía, que labore en la Dirección General, Subdirección General, Inspección General, Direcciones y Oficinas Asesoras.
C.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en su jurisdicción, por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Auxiliares de Policía, y Estudiantes de las Seccionales de Formación de la Policía Nacional.
D.
Todas las anteriores.
51. 
• El JEFE DE OFICINA DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO DE LA DIRECCION GENERAL. conoce:
A.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en su jurisdicción, por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Auxiliares de Policía, y Estudiantes de las Seccionales de Formación de la Policía Nacional.
B.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en la ciudad de Bogotá, D. C., por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, y Auxiliares de Policía, que labore en la Dirección General, Subdirección General, Inspección General, Direcciones y Oficinas Asesoras.
C.
En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores Delegados.
D.
De las destituciones de los oficiales.
52. 
• Los JEFES DE OFICINAS DE CONTROL DISCIPLINARIO INTERNO DE POLICIAS METROPOLITANAS Y DEPARTAMENTOS DE POLICIA, conocen:
A.
En Primera Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores Delegados.
B.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en la ciudad de Bogotá, D. C., por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, y Auxiliares de Policía, que labore en la Dirección General, Subdirección General, Inspección General, Direcciones y Oficinas Asesoras.
C.
En Segunda Instancia de las decisiones proferidas por los Inspectores Delegados.
D.
En Primera Instancia de las faltas cometidas en su jurisdicción, por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Auxiliares de Policía, y Estudiantes de las Seccionales de Formación de la Policía Nacional.
53. 
• La Oficina de Control Disciplinario Interno de Comando de Policía Metropolitana organizada por Departamentos, conocerá en Primera Instancia de las faltas cometidas por el personal del Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Auxiliares de Policía, y Estudiantes de las Seccionales de Formación de la Policía Nacional, adscrito al respectivo Comando de Metropolitana, esta afirmación es:
A.
falsa
B.
Verdadera.
54. 
• De las faltas cometidas por los Oficiales Generales conocerá:
A.
El Director General de la Policía en única Instancia.
B.
El Inspector General de la Policía
C.
El Contralor General de la Nación en única Instancia.
D.
El Procurador General de la Nación en única Instancia.