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1. DIPUTADOS
2. SENADORES

300 electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales

200 electos según el principio de representación proporcional

Se integrará por ciento veintiocho

Los treinta y dos restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional, mediante el sistema de listas votadas en una sola circunscripción plurinominal nacional.

Se compondrá de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputado propietario, se elegirá un suplente.

Se requieren los mismos requisitos que para ser diputado, excepto el de la edad, que será la de 25 años cumplidos el día de la elección.

En cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría.

Requisitos: Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos; Tener veintiún años cumplidos el día de la elección; originario del Estado en que se haga la elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores; No ser Ministro de algún culto religioso…

Se renovará en su totalidad cada seis años.