De
acuerdo
con
el
____________________
15
del
artículo
____________________
del
Decreto
número
2351
de
1965
,
es
justa
____________________
para
dar
por
terminado
unilateralmente
el
____________________
de
trabajo
por
parte
del
____________________
,
la
enfermedad
contagiosa
o
____________________
del
trabajador
,
que
no
tenga
carácter
____________________
,
así
como
cualquier
otra
enfermedad
o
lesión
que
lo
____________________
para
el
trabajo
,
cuya
____________________
no
haya
sido
____________________
durante
ciento
ochenta
(
____________________
)
días
.
El
despido
por
esta
causa
no
podrá
____________________
sino
al
vencimiento
de
dicho
lapso
,
sin
perjuicio
de
la
obligación
prevista
en
el
artículo
16
del
Decreto
número
____________________
de
1965
,
cuando
a
ello
haya
lugar
,
y
no
exime
al
empleador
de
las
____________________
e
indemnizaciones
legales
y
convencionales
derivadas
de
la
____________________
.