Constituye un instrumento fundamental para la realización de los mandatos constitucionales y para la operatividad del código de la infancia y la adolescencia.
Cualquier persona, puede exigir de la autoridad competente el cumplimiento y restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y de los adolescentes
Motivos de ingreso
Formas de ingreso
El restablecimiento de los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes es responsabilidad del Estado en su conjunto
Por condiciones de inobservancia Por condiciones de vulneración Por condiciones de amenaza
Autoridades públicas, nacionales o extranjeras Autoridades Tradicionales de las Comunidades Indígenas, Afrocolombianas, Raizales, Rom, nacionales o extranjeras. Particulares nacionales o extranjeros Organizaciones gubernamentales o no gubernamentales nacionales o extranjeras. Los padres. Los familiares Los mismos niños, niñas o adolescentes, Autoridades Centrales o Intermediarias en ejecución de Convenios o Tratados Internacionales ratificados por Colombia.
la asume a través de las autoridades públicas institucionales y comunitarias
Salvo las excepciones consagradas en las normas procesales sobre legitimidad en la causa para incoar acciones judiciales o procedimientos administrativos
PARD